Sentencia N° 6 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de agosto de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00006, Exp. 2022-0174, 09/02/2023
Expediente2022-0174
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2022-08-11
DecisiónRevoca la sanción de multa impuesta

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revocó la sanción de multa impuesta a la Universidad de Los Andes, argumentando que la multa fue impuesta por una demanda de nulidad considerada manifiestamente infundada. El abogado Rafael Ángel Dávila, actuando en representación de la universidad, solicitó la revocatoria de la multa, alegando su larga trayectoria profesional y la falta de fundamento de la sanción. La Sala determinó que la solicitud de revocatoria fue presentada dentro del plazo establecido y que la multa carecía de justificación adecuada.

Extracto de la motiva

De la norma antes transcrita se desprende la existencia de un elemento temporal que condiciona la oportunidad en la que este medio de impugnación pueda solicitarse. Así, se requiere la realización de un análisis por parte del juzgador respecto a la oportunidad en la cual alguna de las partes que fuera sancionada hizo la solicitud, debiendo entenderse que deberá presentarse dicho reclamo “dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación”. Circunscribiendo lo anterior al caso bajo examen, de las actas que integran el expediente se aprecia que la sentencia mediante la cual se impuso la sanción de multa a los accionantes fue publicada el 11 de agosto de 2022, y que el recibo de la notificación de dicha sentencia, dirigida a la parte actora, fue consignado en autos el 16 de noviembre del mismo año por el Alguacil de esta Sala. Asimismo, se evidencia que la solicitud de revocatoria de la multa fue presentada los días 15 y 16 de septiembre de 2022, por lo que la misma fue interpuesta tempestivamente, esto es, dentro del lapso de tres (3) días que prevé el artículo 125 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se declara. Determinada la tempestividad de la petición, corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el reclamo planteado por el abogado Rafael Ángel Dávila, actuando en su nombre y como apoderado judicial de la Universidad de Los Andes, antes identificados, contra la sanción de multa de cincuenta (50) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, impuesta en la sentencia Nro. 00446 de esta Sala, publicada el 11 de agosto de 2022. En tal sentido, el artículo 121 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone: “Las Salas del Tribunal Supremo de Justicia sancionarán con multa de hasta cien veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, a quienes irrespeten, ofendan o perturben con sus actuaciones al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Justicia a sus órganos o funcionarias o funcionarios; o a quienes hagan uso abusivo de recursos o acciones judiciales; igualmente, sancionarán a las partes que falten el respeto al orden debido en los actos que realicen, o que incumplan, desobedezcan o desacaten las decisiones, acuerdos u órdenes judiciales o llamen públicamente a ello.” La norma transcrita establece que la sanción consistente en una multa, opera de manera indistinta contra cualquier persona que irrespete, ofenda o perturbe con sus actuaciones al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Justicia a sus órganos o funcionarias o funcionarios; asimismo, cuando haga uso abusivo de los recursos o acciones judiciales, o desacate un mandato o solicitud formulado por este Alto Tribunal.

Dispositiva

Revoca la sanción de multa impuesta en el punto Nro. 4 de la sentencia Nro. 00446 dictada por esta Sala en fecha 11 de agosto de 2022.

Palabras clave

multarevocatorianulidadUniversidad de Los Andes

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