La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso contencioso tributario interpuesto por Silvino Molina Contreras contra un Acta de Reparo del SENIAT. La sentencia del Tribunal de instancia había declarado parcialmente con lugar el recurso, lo que llevó a la apelación del Fisco Nacional. La Sala confirmó la decisión del Tribunal de instancia, destacando que la Administración Tributaria había incluido erróneamente en la base imponible conceptos que no debían ser considerados como ingresos gravables, como bonos y otras remuneraciones distintas al salario normal.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la interpretación del artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta debe ajustarse a los postulados constitucionales, excluyendo del salario los conceptos que no son considerados como ingresos gravables. Se reafirma que el salario normal es la base para el cálculo del impuesto, y que las remuneraciones adicionales no deben ser incluidas en la base imponible. La Sala también hace referencia a sentencias anteriores que han establecido criterios vinculantes sobre la materia, reafirmando la necesidad de una correcta interpretación de las normas tributarias.
Dispositiva
1. PARCIALMENTE CON LUGAR Recurso Contencioso Tributario ejercido de forma autónoma, por el ciudadano Silvino Molina Contreras. 2.- SE ANULA la Resolución Culminatoria del Sumario N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/DSA/2012/01431/055 de fecha 28/05/2012. 3.- SE ORDENA al recurrente que realice una declaración sustitutiva utilizando como base de cálculo solo los salarios devengados en el año 2010. 4.- SE ORDENA a la administración tributaria liquidar planillas de multas en la cantidad de 5 U.T. y 2.5 U.T. 5.- Improcedente la condena en costas.
Palabras clave
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