La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia No. 64, en la que se declara sin lugar la demanda por daños y perjuicios interpuesta por Nanzo Biaggi Tapia contra C.V.G. Electrificación del Caroní, C.A. (EDELCA). El demandante alegó que EDELCA había instalado un tendido eléctrico en su propiedad sin su consentimiento, lo que le causó daños y perjuicios. Sin embargo, la Sala concluyó que el actor no probó la existencia de un daño efectivo que justificara la indemnización reclamada.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por daños y perjuicios incoada por el ciudadano NANZO BIAGGI TAPIA contra la sociedad mercantil C.V.G. ELECTRIFICACION DEL CARONI, C.A. (EDELCA). Se condena en costas a la parte demandante en virtud de haber resultado totalmente vencida en juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
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