Sentencia N° 564 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de marzo de 2026

TSJ/SPA, Sent. N° 00564, Exp. 2025-0041, 16/07/2025
Expediente2025-0041
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2026-03-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00191, declaró sin lugar la solicitud de avocamiento presentada por los ciudadanos vecinos de la urbanización La Castellana, en relación a varias causas vinculadas al proyecto Quarzo Mohedano. La Sala asumió el conocimiento de las apelaciones correspondientes y confirmó los fallos apelados, declarando nulos los actos administrativos que revocaron la Constancia de Variables Urbanas Fundamentales emitida por la Dirección de Ingeniería Municipal del Municipio Chacao. La decisión resalta la importancia del derecho a la vivienda y la estabilidad jurídica de los actos administrativos que garantizan este derecho.

Extracto de la motiva

motivado a que la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, ha comenzado a ejercer potestades de disciplina y evaluación del proyecto [‘Quarzo Mohedano’ que ejecuta la sociedad mercantil Inmobiliaria Cuarzo 777, C.A.] y además (…) se ha comprometido a inspeccionar y a hacer cumplir las variables urbanas (…) siendo además que ha asumido el compromiso de paralizar tal obra (…)”. (Agregado de la Sala). Por sentencia del 28 de diciembre de 2023, el juzgado de instancia negó la homologación del desistimiento de la acción en la demanda por vía de hecho y ordenó la continuación del procedimiento, por considerar lo referente a urbanismo como de orden público. Luego, mediante el fallo de fecha 7 de enero de 2025, declaró la perención de la instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en concordancia con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Por auto del 13 de febrero de 2025, declaró definitivamente firme la referida decisión, dio por terminado el procedimiento y ordenó la remisión del expediente al archivo judicial. 2.- Expedientes Nro. 24-5187 y 2024-026 Amparo Constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada y Apelación. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 84 El 16 de enero de 2024, los abogados Víctor Martín Díaz Salas, Migbeth Rossina Cella Herrera y Luis Ángel Pino Jiménez, INPREABOGADO Nros. 36.850, 85.565 y 222.158, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Inmobiliaria Cuarzo 777, C.A., interpusieron solicitud autónoma de amparo constitucional con medida cautelar innominada contra la amenaza de violación y/o su ejecución material en perjuicio y agravio de los derechos al debido proceso, a la defensa y seguridad jurídica de la mencionada sociedad mercantil, por causa directa del acto administrativo Nro. P-L-23-000001 dictado el 14 de diciembre de 2023, mediante e

Dispositiva

Se declara sin lugar la solicitud de avocamiento presentada por los apoderados judiciales de los ciudadanos, se confirman los fallos apelados y se declaran nulos los actos administrativos Nros. P-LG-23-000001 y P-LG-24-000001.

Palabras clave

avocamientoQuarzo MohedanoContencioso Administrativoviviendaactos administrativos

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