Sentencia N° 555 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de mayo de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00555, Exp. 2013-0868, 24/05/2016
Expediente2013-0868
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-05-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Médicos Unidos Los Jabillos, C.A. contra la sentencia N° 2013-0736, que había declarado sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad contra la Resolución N° GF/0/2008-000089 del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat. La Corte argumenta que la interpretación de la ley por parte de la administración fue ajustada a derecho, considerando el salario integral como base para el cálculo de los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.

Extracto de la motiva

La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, al analizar el recurso contencioso administrativo de nulidad, determinó que la resolución impugnada se ajustó a derecho al considerar el salario integral como base de cálculo para los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda. Se desestimaron los alegatos de la parte recurrente sobre la aplicación retroactiva de la ley y la incongruencia en la sentencia, concluyendo que la administración actuó conforme a los principios de protección al trabajador y a la normativa vigente en el momento de los hechos.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil MÉDICOS UNIDOS LOS JABILLOS, C.A., contra la sentencia N° 2013-0736, de fecha 8 de mayo de 2013, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que a su vez declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, contra la Resolución N° GF/0/2008000089, dictada el 12 de marzo de 2008, por la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT (BANAVIH). En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado y queda FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

Contencioso AdministrativoNulidadFondo de Ahorro ObligatorioSalario IntegralDerecho a la Vivienda

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