Sentencia N° 554 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de julio de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00554, Exp. 2025-0188, 10/07/2025
Expediente2025-0188
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2025-07-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la empresa La Montserratina, C.A. contra la decisión del Tribunal Décimo Primero que había declarado que el Poder Judicial sí tiene jurisdicción para conocer la demanda de cobro de prestaciones sociales presentada por Irvin Alexander Méndez Torrealba. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, argumentando que la controversia se enmarca dentro de la competencia del Poder Judicial y que no se había demostrado la falta de jurisdicción alegada por la parte demandada.

Extracto de la motiva

Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman el expediente de la causa aprecia esta Sala: i) copia simple del cartel de notificación librado por la Inspectoría del Trabajo Miranda Este (Sala de Reclamos y Transacciones) de fecha 12 de noviembre de 2024, recibido el 25 de igual mes y año, a la empresa demandada a los fines de que la misma compareciera por ante el referido órgano para la “AUDIENCIA DE RECLAMO” en razón del procedimiento incoado por el ciudadano Irvin Alexander Mendez Torrealba, antes identificado por concepto de pago de prestaciones sociales y demás beneficios laborales; ii) copia simple de la solicitud de reclamo por pago de prestaciones sociales, presentada por la parte actora el 8 de noviembre de 2024 por ante el Inspectoría del Trabajo Miranda Este del Área Metropolitana de Caracas; iii) copia simple del Acta de celebración de la “AUDIENCIA DE RECLAMO” de fecha 11 de diciembre de 2024, suscrita por el referido órgano administrativo mediante la cual se dejó constancia, entre otros aspectos, “(…) de no haberse llegado a acuerdo alguno entre las [partes] (…)”; y iv) copia simple de escrito de contestación y descargo presentado por la representación judicial de la entidad de trabajo demandada, por ante la mencionada Inspectoría del Trabajo, en razón del procedimiento administrativo de reclamo laboral interpuesto por el accionante. (Folios 40 al 47 del expediente judicial). (Corchete de la Sala). Igualmente se observa, que no consta decisión alguna en el expediente, por lo que la Sala considera que aún no ha sido emitida ni menos ejecutada una Providencia que resolviere lo solicitado en vía administrativa.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción ejercido en fecha 26 de marzo de 2025, por la representación judicial de la entidad de trabajo LA MONTSERRATINA, C.A. 2.- Que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano IRVIN ALEXANDER MÉNDEZ TORREALBA, asistido por el abogado Gabriel Gregorio Espinoza Noguera, ya identificados, contra la referida sociedad mercantil. 3.- Se CONFIRMA la sentencia s/n de fecha 20 de marzo de 2025, dictada por el Tribunal Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los términos expuestos en el presente fallo. 4.- SE CONDENA EN COSTAS a la empresa LA MONTSERRATINA, C.A.

Palabras clave

jurisdiccióntrabajoreclamoprestacionesadministrativoinspectoría

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