Sentencia N° 4896 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de julio de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 04896, Exp. 2005-3207, 13/07/2005
Expediente2005-3207
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoConsulta
Fecha de la decisión2005-07-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por HÉCTOR IGNACIO MARÍN ROSAS contra PDVSA PETRÓLEO, S.A. El Juzgado Segundo de Primera Instancia había declarado su falta de jurisdicción, argumentando que el demandante había presentado una solicitud similar ante la Inspectoría del Trabajo. Sin embargo, la Sala determinó que el Poder Judicial sí tiene jurisdicción para conocer el caso, revocando la decisión del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la consulta sometida a su conocimiento y, en tal sentido, observa, que en el caso de autos el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró su falta de jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano Héctor Ignacio Marín Rosas. Dicha decisión está fundamentada en la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos que hiciere el mencionado ciudadano, en forma simultánea, ante un órgano administrativo con competencia en materia laboral y los tribunales laborales, según lo alegó la parte accionada mediante escrito de fecha 23 de febrero de 2005, cuando advirtió al Tribunal de la causa sobre su falta de jurisdicción para conocer el caso de autos. Ahora bien, observa esta Sala que corre inserto al folio setenta (70) del expediente, un Oficio suscrito por el Inspector Jefe del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador, mediante el cual dejó constancia de la inexistencia en ese Organismo de alguna solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Héctor Ignacio Marín Rosas contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. A pesar de esto, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró su falta de jurisdicción.

Dispositiva

En atención a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, incoada por el ciudadano HÉCTOR IGNACIO MARÍN ROSAS, antes identificado, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. En consecuencia, se revoca la decisión consultada de fecha 11 de abril de 2005, mediante la cual el Tribunal remitente declaró su falta de jurisdicción respecto de la Administración Pública. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

jurisdiccióndespidoreenganchesalarios caídostrabajoadministración públicacalificación

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