Sentencia N° 488 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de mayo de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00488, Exp. 2010-1029, 23/05/2013
Expediente2010-1029
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-05-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por CLINISANITAS VENEZUELA, S.A. contra el acto administrativo del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), que establecía la obligación de pagar diferencias de aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda. La Sala consideró que el procedimiento seguido por el BANAVIH fue ajustado a derecho y que la base de cálculo de los aportes debía ser el salario integral, conforme a la normativa aplicable. Además, se anuló la sentencia anterior que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario, en virtud de un criterio vinculante establecido por la Sala Constitucional.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Constituyentista con el objeto de asegurar la efectividad del derecho a la seguridad social, en el artículo 86 de la Carta Magna, previó la obligación del Estado de crear un sistema de seguridad social regido bajo los principios siguientes: i) universalidad (protección a todos los ciudadanos); ii) integralidad (garantizar la cobertura de todas las necesidades de previsión amparadas por el sistema); iii) solidaridad (protección a los menos favorecidos); iv) unicidad (articulación de políticas, instituciones y normativas que lo regulan); v) eficiencia (óptimo uso de los recursos disponibles); y vi) participación (coparticipación entre el Estado y los ciudadanos). En virtud de lo expresado, esta Sala observa que en la causa examinada la norma que previó la base de cálculo de los aportes tanto al Fondo Mutual Habitacional, como del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), ha experimentado algunos cambios, desde la Ley que Regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional de 2000, aplicable –en el caso de autos- para los períodos comprendidos desde junio de 2003, la cual en su artículo 36 se refirió expresamente al salario normal; las Leyes del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat de 2005 –aplicable desde el 8 de junio de 2005 hasta el 25 de diciembre de 2006- y la de 2006 –aplicable desde el 26 de diciembre de 2006 hasta el mes de enero de 2007, que en el artículo 172 alude al ingreso total mensual; y el Decreto N° 6.072 del 14 de mayo de 2008, con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.889 Extraordinario del 31 de julio de 2008, cuya vigencia comenzó a partir del 1° de agosto de 2008 y estableció en el artículo 172 el salario integral como base de cálculo.

Dispositiva

1.- En atención al criterio vinculante de la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, contenido en la sentencia N° 1771 de fecha 28 de noviembre de 2011, la decisión N° 00847 publicada por esta Sala el 29 de junio de 2011, quedó sin efectos. 2.- NULA la sentencia definitiva N° 1449 de fecha 31 de mayo de 2010, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que resulta improcedente conocer sobre el recurso de apelación ejercido. 3.- VÁLIDAS las demás actuaciones procesales llevadas a cabo ante el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 4.- SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil CLINISANITAS VENEZUELA, S.A., contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 000149 de fecha 24 de septiembre de 2007, suscrito por la Gerente de Fiscalización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH); acto administrativo que queda FIRME.

Palabras clave

recurso de nulidadFondo de Ahorro Obligatoriosalario integralBanco Nacional de Vivienda y Hábitat

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