La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por Anthonela Alejandra Diego Maurera contra Inversiones Dear Prudence, C.A. La decisión se basa en que la trabajadora estaba amparada por la inamovilidad laboral y que la solicitud debió ser presentada ante la Inspectoría del Trabajo. Se confirma la decisión del Tribunal Trigésimo Cuarto de Primera Instancia que había declarado la falta de jurisdicción el 20 de marzo de 2025.
Extracto de la motiva
CUARTO: Por todo lo antes expuesto y, de conformidad con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajos, los Trabajadores y las Trabajadoras, en consonancia con Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Inamovilidad Laboral de la Presidencia de la República Gaceta Oficial N° 6.868, Extraordinario, del 27/12/2024, se imprimió -únicamente- el texto del Decreto N° 5.070, de fecha 27/12/2024 (vigente para el momento del despido), la parte actora no goza de la estabilidad consagrada en la Ley Sustantiva, toda vez que tenía más de un mes de servicios para la entidad de trabajo demandada y, visto que se considera que no era empleada de dirección, en consecuencia, resulta indefectible precisar que la parte actora goza de inamovilidad laboral, prevista en el decreto parcialmente transcrito, es por lo que resulta evidente que nos encontramos en presencia de una Falta de Jurisdicción en el caso planteado, siendo la Jurisdicción acreditada para conocer represente demanda la Inspectoría del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Así se decide. En consecuencia, conforme con los argumentos precedentes, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por permitirlo así el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado declara la Falta de Jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública, para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, incoada por la ciudadana ANTHONELA ALEJANDRA DIEGO MAURERA contra la entidad de trabajo INVERSIONES DEAR PRUDENCE, C.A. Así se decide.
Dispositiva
Se declara la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública, para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por la ciudadana ANTHONELA ALEJANDRA DIEGO MAURERA contra la entidad de trabajo INVERSIONES DEAR PRUDENCE, C.A. Así mismo, se ordena la remisión del presente expediente en consulta, a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.