Sentencia N° 457 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de mayo de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00457, Exp. 2003-1301, 11/05/2004
Expediente2003-1301
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-05-11
DecisiónDiferir

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por varios ciudadanos contra un auto del Juzgado de Sustanciación que declaró la incompetencia de la Sala para conocer del recurso de nulidad. La apelación se refiere a la Resolución Nº 2.669 del Ministerio del Trabajo, que declaró sin lugar la solicitud de suspensión de despido masivo formulada por los recurrentes contra la sociedad UNIBANCA, BANCO UNIVERSAL, C.A. La Sala consideró que la competencia para conocer del caso corresponde a un tribunal laboral, dado que el acto impugnado emanó de la Ministra del Trabajo y está relacionado con la legislación laboral.

Extracto de la motiva

La jurisprudencia de esta Sala ha sido reiterada al considerar que la Jurisdicción Laboral es la competente para conocer de los recursos interpuestos contra las resoluciones administrativas dictadas en aplicación de las normas de la Ley Orgánica del Trabajo que regulan su parte administrativa, dado los principios de integridad, especialidad y exclusividad que abriga a dicha jurisdicción, salvo aquellos que expresamente estén atribuidos a los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa. En consecuencia, hasta que no sea decidido este conflicto por la Sala Plena de este Alto Tribunal, se acuerda diferir el pronunciamiento correspondiente a la presente apelación.

Dispositiva

ACUERDA diferir el pronunciamiento respecto a la apelación interpuesta contra el auto del Juzgado de Sustanciación de fecha 11 de marzo de 2004, mediante el cual declaró la incompetencia de esta Sala de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 84, en concordancia con el ordinal 4º del artículo 124 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, para conocer del recurso de nulidad incoado por las ciudadanas y ciudadanos MARÍA MARLENE PINTO, CARMEN PEREIRA, JESÚS ESPINETTI CEUTA y HENRRY MATOS GUITIAN, ya identificados, contra la Resolución Nº 2.669, de fecha 24 de marzo de 2003, emanada de la MINISTRA DEL TRABAJO.

Palabras clave

apelaciónnulidaddespido masivojurisdicción laboralresolución administrativaLey Orgánica del Trabajocompetenciasuspensión

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