La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción del Poder Judicial en relación a la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por Raúl Gonzalo Medina Vélez contra el Banco de Venezuela. Se revocó la decisión del Tribunal Cuadragésimo Segundo que había declarado la falta de jurisdicción, argumentando que el Poder Judicial tiene competencia para conocer el caso debido a la inamovilidad laboral establecida por un decreto presidencial.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento con relación a la consulta de jurisdicción planteada, de acuerdo a la competencia que le ha IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 11 sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil. Se observa que mediante sentencia de fecha 8 de noviembre de 2021, (folios 8 al 11 del expediente) el Juzgado remitente declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial
Dispositiva
Se revoca la sentencia consultada dictada por el Tribunal Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 8 de noviembre de 2021.