La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido interpuesta por Winston Eigard Belmonte Reyes contra la sociedad Servicios y Suministros de Oriente, SSO, C.A. La decisión se fundamenta en que el demandante se encontraba amparado por la inamovilidad laboral establecida en la Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad, debido al nacimiento de su hijo.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la consulta del fallo dictado en fecha 10 de febrero de 2009, mediante el cual el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública, por considerar que el conocimiento del presente asunto corresponde a la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Maturín en el Estado Monagas, toda vez que el accionante presuntamente se encontraba amparado por la inamovilidad laboral establecida en el artículo 8 de la Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad. Al efecto, se observa que el artículo 187 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo consagra, entre otras facultades, la que tiene el trabajador despedido de poder acudir ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, si considera que el despido no está fundamentado en algunas de las causas justificadas previstas en la Ley para que el Juez de Juicio lo califique y, en caso de constatar que se produjo sin causa legal que lo hiciere procedente, ordene su reenganche y pago de los salarios caídos.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano WINSTON EIGARD BELMONTE REYES, contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y SUMINISTROS DE ORIENTE, SSO, C.A. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia consultada de fecha 10 de febrero de 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Palabras clave
jurisdiccióninamovilidad laboralcalificación de despido