Sentencia N° 3968 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de junio de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 03968, Exp. 2004-0699, 09/06/2005
Expediente2004-0699
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-06-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la competencia para conocer un recurso contencioso administrativo de nulidad y acción de amparo interpuesto por Arnaldo Andrés Veliz Salazar contra un auto de admisión de la solicitud de calificación de despido por parte de la empresa Inversiones 33, C.A. La Sala determina que la competencia corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental. Se ordena remitir el expediente al juzgado competente.

Extracto de la motiva

Como quedó descrito supra, esta Sala mediante sentencia N° 00995, del 5 de agosto de 2004, acordó diferir el pronunciamiento respecto a cuál es el tribunal competente para conocer del presente recurso de nulidad ejercido contra un acto emanado de una Inspectoría del Trabajo. Ahora bien, en consideración a que el criterio de este Máximo Tribunal actualmente vigente en dicha materia, establece que esa competencia corresponde a los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, y dentro de ella, particularmente en primera instancia, a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, es por tal razón que esta Sala, atendiendo al caso de autos, observa que se ha ejercido un recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con amparo constitucional 'contra el AUTO DE ADMISIÓN de la SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO interpuesta por la Empresa: ‘INVERSIONES 33,C.A.’ (…) contra mi representado (…) y que actualmente cursa por ante la Inspectoría del Trabajo del Municipio ‘Simón Bolívar’ del Estado Anzoátegui'; siendo procedente declarar competente para conocer del caso al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental. Así se declara.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo constitucional por el abogado Aurelio J. Solé R., actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ARNALDO ANDRÉS VELÍZ SALAZAR, 'contra el AUTO DE ADMISIÓN de la SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO interpuesta por la Empresa: ‘INVERSIONES 33,C.A.’ (…) y que actualmente cursa por ante la Inspectoría del Trabajo del Municipio ‘Simón Bolívar’ del Estado Anzoátegui', corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental. En consecuencia, se ordena remitir el expediente al Juzgado declarado competente.

Palabras clave

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