La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia N° 1519, dictada el 7 de octubre de 2003. La solicitud fue presentada por los apoderados judiciales del ciudadano Eulices Rodríguez Lugo, quienes argumentaron que la sentencia original omitió pronunciarse sobre la nulidad del acto administrativo y los salarios dejados de percibir. La Sala determinó que la solicitud era improcedente, ya que no se trataba de una aclaratoria, sino de una ampliación que contravendría el principio de cosa juzgada.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la solicitud de aclaratoria y ampliación no se ajusta a los términos del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, ya que no se trata de un error o ambigüedad en la sentencia, sino de una pretensión de modificación del fallo. Se reitera que la nulidad del acto administrativo fue declarada de manera parcial, lo que implica que la sanción de destitución se mantiene. Por lo tanto, no corresponde pronunciarse sobre los salarios dejados de percibir, ya que la nulidad solo afecta la sanción accesoria.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político Administrativa administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTES las solicitudes de aclaratoria y ampliación de la sentencia N° 1519, dictada por esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 7 de octubre de 2003 y publicada el 8 del citado mes y año.