El Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por Julio César Jiménez, quien solicitó la calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos tras ser despedido de General Motors Venezolana, C.A. El tribunal de instancia había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial, argumentando que el caso debía ser conocido por la Inspectoría del Trabajo debido a la inamovilidad laboral del trabajador.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca del recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la parte actora en este juicio, ello en ejercicio de la competencia que a esta instancia jurisdiccional le atribuyen el artículo 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y el artículo 26 numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, aplicables en virtud de la remisión que a dicho instrumento jurídico hacen los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se observa que mediante decisión dictada en fecha 2 de julio de 2012, tribunal remitente, declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública, por considerar que el conocimiento del presente asunto corresponde a la Inspectoría del Trabajo respectiva, toda vez que el accionante se encontraba presuntamente amparado por la inamovilidad laboral especial decretada por el Ejecutivo Nacional.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la representación judicial del actor. 2.- Que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano JULIO CÉSAR JIMÉNEZ contra la sociedad mercantil GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A. 3.- Se CONFIRMA, en los términos expuestos en el presente fallo, la decisión objeto del recurso de regulación de jurisdicción, dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 2 de julio de 2012.
Palabras clave
regulación de jurisdiccióndespidoinamovilidad laboral