Sentencia N° 2996 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de mayo de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 02996, Exp. 2005-2877, 17/05/2005
Expediente2005-2877
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-05-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por el ciudadano Leopoldo Enrique Romero González contra PDVSA Petróleo, S.A. La decisión se basa en que el tribunal remitente declaró su falta de jurisdicción, indicando que corresponde a la Inspectoría del Trabajo conocer del caso debido a la inamovilidad laboral del demandante por fuero sindical. La Sala destacó que el artículo 449 de la Ley Orgánica del Trabajo establece que los trabajadores con fuero sindical no pueden ser despedidos sin causa justificada, la cual debe ser comprobada por el Inspector del Trabajo. En consecuencia, se confirma la decisión del tribunal remitente, ordenando la remisión del expediente a la Inspectoría del Trabajo para que determine si el demandante estaba efectivamente amparado por fuero sindical. Finalmente, se advirtió sobre la actuación impropia del demandante al interponer solicitudes ante diferentes instancias, lo que no es procedente según la normativa vigente.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala, pronunciarse acerca de la consulta planteada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de la sentencia que dictara en fecha 31 de marzo de 2005, mediante la cual declaró su falta de jurisdicción respecto a la Administración Pública. Ahora bien, en el presente caso, la parte accionante señaló que en fecha 18 de mayo de 1987, su representado comenzó a prestar servicios para la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., siendo el último cargo ocupado el de “SUPERVISOR MANTTO SISTEMA TACAG”, hasta el 2 de abril de 2003, fecha en la cual fue publicada la notificación de su despido en el diario “Últimas Noticias”, cuya efectividad tendría vigencia a partir del día 31 de marzo del mismo año, el cual catalogó de injustificado. Así mismo, de la revisión de las actas procesales que conforman el expediente se observa, que el hoy accionante acudió ante la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, a los fines de que le calificara el despido y ordenara el reenganche con el correspondiente pago de los salarios caídos, siendo alegada en tal solicitud una causal de inamovilidad, como lo es el hecho de que el trabajador para el momento de producirse el despido se encontraba presuntamente investido del fuero sindical por promover la inscripción del sindicato Unión Nacional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos de los Hidrocarburos y sus Derivados, (UNAPETROL).

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, incoada por los Abogados Aquiles Blanco Romero, Aracelis Garfido y Andrés Troconis González, ya identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LEOPOLDO ENRIQUE ROMERO GONZÁLEZ, también identificado, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. En consecuencia, se confirma la decisión consultada de fecha 31 de marzo de 2005, mediante la cual el tribunal remitente declaró su falta de jurisdicción respecto de la Administración Pública. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Juzgado de origen y remítase copia certificada de la presente decisión a la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

jurisdiccióndespidoinamovilidad laboralfuero sindicalreenganchesalarios caídosLey Orgánica del TrabajoInspectoría del Trabajo

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