La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por Pepsico Alimentos S.C.A. en relación a una demanda de pago de vacaciones y bonos interpuesta por un grupo de trabajadores. La Sala determinó que el Poder Judicial sí tiene jurisdicción para conocer y decidir la causa, desestimando los argumentos de la parte demandada sobre la falta de jurisdicción. Se confirmó la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que había admitido la demanda y se condenó a la empresa en costas procesales.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Máxima Instancia emitir un pronunciamiento sobre la regulación de jurisdicción planteada, de conformidad con lo establecido en el artículo 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26, numeral 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.684, Extraordinario de fecha 19 de enero de 2022) y los artículos 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil, contentivo de la demanda por “Pago de Vacaciones correspondientes al año 2010-2011, Bono Vacacional y Bono Post vacacional”, interpuesta por los ciudadanos Ramírez León Roxelym Marisela, Hugo Ladera, Mirna Martínez, Lisbet López, Rosa Elena Osorio y otros, representados por la abogada Milagros del Carmen Meneses Flores, contra la sociedad mercantil Pepsico Alimentos S.C.A. La parte demandada, consignó escrito en fecha 14 de julio de 2025, mediante el cual invocó la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la presente causa por cuanto, “(…) ratifico l
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la representación judicial de la entidad de trabajo PEPSICO ALIMENTOS S.C.A., en fecha 14 de julio de 2025. 2.- Que EL PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda de autos, interpuesta por los ciudadanos ROXELYM MARISELA RAMÍREZ LEÓN, HUGO RAFAEL LADERA, MIRNA COROMOTO MARTINEZ SOLER, LISBET INMACULADA CARBALLO LÓPEZ, OSORIO DE VILLAMIZAR ROSA ELENA, YENNY DEL CARMEN SANCHEZ, YSIDORA DEL VALLE LARA FIGUERA, RICHARD ANTONIO UTRERA CASTILLO, JOSÉ RAMÓN PEREZ MARTIN, DOUGLAS ANTONIO FUENTES OJEDA, CELINA JAKELINE FLORES CORREA, DANNY JAVIER ESCUBINA JIMENEZ, WILIAN LUIS RIVAS, CARLOS NORBERTO VIERA GIRAO, HENRY GREGORIO CASTILLO PINTO, LEANDRO RAUL MIJARES, MIRIAN SUSANA GÓMEZ DE ORELLANA, JAIME DAVID MENDEZ MAZA y ELINANA ALEJANDRA PONCE RAMOS, representados por la abogada Milagros del Carmen Meneses Flores, contra la sociedad mercantil Pepsico Alimentos S.C.A., todos identificados. 3.- Se CONFIRMA el fallo dictado el 11 de julio de 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. 4.- Se CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la entidad de trabajo PEPSICO ALIMENTOS S.C.A., de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil.