Sentencia N° 2657 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de noviembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02657, Exp. 2006-1641, 23/11/2006
Expediente2006-1641
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2006-11-22
DecisiónCONFIRMA la sentencia recurrida de fecha 04 de julio de 2006 y se CONDENA EN COSTAS a la empresa demandada

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de regulación de competencia interpuesto por la parte demandada, PDVSA PETRÓLEO, S.A., en relación a la jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la solicitud de calificación de despido presentada por el trabajador JOSÉ JUAN BRACHO REVEROL. La Sala determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para decidir sobre la calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, confirmando la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de “regulación de competencia” ejercido por la representación judicial de la parte demandada en fecha 09 de octubre de 2006, y al respecto observa que en el caso de autos, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante decisión de fecha 04 de julio de 2006, afirmó su jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano JOSÉ JUAN BRACHO REVEROL. Observa la Sala que en la oportunidad de dar contestación a la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, la sociedad mercantil demandada opuso la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública. De la revisión de las actas procesales, se desprende que la parte demandada yerra al equiparar la jurisdicción a la competencia; no obstante se constató que el aludido fallo no emite pronunciamiento alguno sobre la competencia, sino sobre la jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública. Visto lo anterior y toda vez que el apoderado judicial de la empresa demandada, mediante escrito de fecha 09 de octubre de 2006, interpuso “recurso de regulación de competencia” frente a un fallo circunscrito a la afirmación del Tribunal de la causa de su jurisdicción para conocer del juicio, considera esta Sala que en el presente caso lo que se ha ejercido es un recurso de regulación de jurisdicción contra la sentencia previamente mencionada.

Dispositiva

1. Que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano JOSÉ JUAN BRACHO REVEROL, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. 2. IMPROCEDENTE el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida de fecha 04 de julio de 2006 y se CONDENA EN COSTAS a la empresa demandada, en virtud de resultar totalmente vencida en la presente incidencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

jurisdiccioncompetenciadespidoreenganchesalarios caidostrabajoregulacionlaboral

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