La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia Nro. 01112, declaró parcialmente con lugar la demanda de indemnización presentada por María Elena Matos contra el Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (I.N.I.A.). Se ordenó el pago de indemnizaciones por daño moral y lucro cesante, así como la realización de experticias complementarias para el cálculo de los montos correspondientes. La sentencia fue notificada y se estableció un plazo de diez días para el cumplimiento voluntario de la misma por parte del demandado.
Extracto de la motiva
La norma transcrita es clara al establecer que la ejecución procederá cuando la sentencia haya quedado definitivamente firme, a petición de parte y para ello la parte condenada dispondrá de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación para dar cumplimiento voluntario al fallo, siendo que durante ese lapso se podrá proponer al ejecutante una forma de cumplir con la sentencia. Igualmente, es importante resaltar que el Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (I.N.I.A.), es un ente público del Estado venezolano, el cual fue creado de acuerdo a la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 36.920 del 28 de marzo de 2000, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Agricultura y Tierras, según se evidencia en el Decreto Nro. 5.379, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 38.706 del 15 de junio de 2007. En este sentido, se constata del expediente que el fallo que decidió el mérito del asunto fue notificado a las partes y, además, a la Procuraduría General de la República, por lo que en la actualidad se traduce en la posibilidad de que el mismo sea ejecutado.
Dispositiva
Se decreta la ejecución voluntaria de la sentencia Nro. 01112 publicada en fecha 1° de noviembre de 2018, fijando un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación del Presidente del Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (I.N.I.A).