Sentencia N° 2408 — Sala Político Administrativa del TSJ, 31 de octubre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02408, Exp. 2006-1537, 01/11/2006
Expediente2006-1537
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2006-10-31
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de regulación de competencia interpuesto por la parte demandada, PDVSA PETRÓLEO, S.A., en relación a la jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la solicitud de calificación de despido presentada por el ciudadano Edgar Enrique Mota Guerrero. La Sala determinó que el Poder Judicial sí tiene jurisdicción para decidir sobre la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, confirmando así la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de “regulación de competencia” ejercido por la representación judicial de la parte demandada en fecha 31 de julio de 2006, y al respecto observa que en el caso de autos, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante decisión de fecha 02 de junio de 2006, declaró tener jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano EDGAR ENRIQUE MOTA GUERRERO. Por otra parte, observa la Sala que en la oportunidad de dar contestación a la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, la sociedad mercantil demandada opuso la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública. De la revisión de las actas procesales, se desprende que la parte demandada yerra al equiparar la jurisdicción a la competencia; no obstante se constató que el aludido fallo no emite pronunciamiento alguno sobre la competencia, sino sobre la jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública. Visto lo anterior y toda vez que el apoderado judicial de la empresa demandada, mediante escrito de fecha 31 de julio de 2006, interpuso “recurso de regulación de competencia” frente a un fallo circunscrito a la afirmación del Tribunal de la causa de su jurisdicción para conocer del juicio, considera esta Sala que en el presente caso lo que se ha ejercido es un recurso de regulación de jurisdicción contra la sentencia previamente mencionada.

Dispositiva

1. Que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano EDGAR ENRIQUE MOTA GUERRERO, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. 2. IMPROCEDENTE el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida de fecha 02 de junio de 2006 y se CONDENA EN COSTAS a la empresa demandada, en virtud de resultar totalmente vencida en la presente incidencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

jurisdiccioncompetenciadespidoreenganchesalarios caidostrabajadores petrolerosLey Organica del TrabajoLey Organica Procesal del Trabajo

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