Sentencia N° 2331 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de octubre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02331, Exp. 2004-1361, 25/10/2006
Expediente2004-1361
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-10-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Banco de Venezuela contra la Resolución N° 066 del Ministro de la Producción y el Comercio, que ratificó una multa impuesta por el INDECU. La Sala analizó las denuncias de vicios de nulidad y concluyó que el procedimiento administrativo cumplió con las garantías de defensa y debido proceso, desestimando las alegaciones de la parte recurrente sobre notificaciones defectuosas y falta de pruebas. Finalmente, se ratificó la decisión administrativa impugnada.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el procedimiento administrativo se llevó a cabo conforme a lo establecido en la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario, garantizando el derecho a la defensa del Banco de Venezuela, que tuvo conocimiento de los hechos imputados y participó en el proceso. A pesar de las alegaciones de notificaciones defectuosas, se determinó que la recurrente no aportó pruebas suficientes para desvirtuar las imputaciones. La Sala reafirma que el cumplimiento de las obligaciones por parte de los proveedores de servicios es fundamental para la protección del consumidor, y en este caso, el Banco no demostró que cumplió con las garantías ofrecidas a su cliente.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la representación judicial del BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, contra la Resolución N° 066 dictada por el MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO (ahora Ministro de Industrias Ligeras y Comercio), en fecha 27 de febrero de 2004, notificada el 2 de marzo del mismo año, la cual ratificó el acto administrativo dictado por el Presidente del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU), en fecha 31 de octubre de 2001. 2.- FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadINDECUmultaderecho a la defensaprocedimiento administrativoLey de Protección al ConsumidorBanco de Venezuela

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