Sentencia N° 233 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de marzo de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00233, Exp. 2016-0594, 23/03/2017
Expediente2016-0594
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-03-22
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Luis Alfonso Bastidas Silva contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo del SENIAT. Se anula el reparo por tributo omitido y se declaran nulas las multas e intereses moratorios relacionados. La Sala reafirma la aplicación de criterios vinculantes sobre la interpretación del artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, enfatizando que solo deben considerarse ingresos regulares y permanentes para el cálculo del impuesto.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la actuación fiscal al momento de determinar la cuota tributaria transgredió el principio de legalidad, ya que no se aplicó la interpretación correcta del artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, que establece que solo se deben incluir como salario normal lo que se percibe de forma regular y permanente. Se concluye que el reparo efectuado por el SENIAT se basó en un comprobante de retenciones que no corresponde al ejercicio investigado, lo que genera un falso supuesto de hecho y derecho. Por lo tanto, se anula el reparo por tributo omitido y se declaran nulas las multas e intereses relacionados.

Dispositiva

Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por Luis Alfonso Bastidas Silva, se anula la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° SNAT/INTI/GRTI/RCO/DSA/2012/EXP Nº 2138/016/127, se declaran nulas las planillas de liquidación y pago Nros 031001233002581 y 031001233002582, se anula el reparo por tributo omitido por Bs. 33.246,13, así como los intereses liquidados hasta el 09/10/2012 por Bs. 11.460,53 y la multa impuesta en 492,13 unidades tributarias.

Palabras clave

recurso contencioso tributarioimpuesto sobre la rentaprincipio de legalidadsalario normalSENIAT

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