Sentencia N° 197 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de mayo de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00197, Exp. 2019-0034, 07/05/2019
Expediente2019-0034
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2019-05-02
DecisiónCONFIRMA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para homologar transacciones relacionadas con accidentes laborales, confirmando la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Anzoátegui. La sentencia consultada, dictada el 18 de septiembre de 2018, estableció que dicha competencia corresponde exclusivamente a la Inspectoría del Trabajo, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Debe esta Sala Político-Administrativa emitir pronunciamiento con relación a la consulta de jurisdicción planteada, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en los artículos 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, y en tal sentido, se observa: Por sentencia de fecha 18 de septiembre de 2018, Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública para conocer acerca de la solicitud de homologación de la transacción judicial suscrita el 2 de agosto de 2018, por los apoderados judiciales del demandante y de la empresa accionada, al considerar dicho Juzgado que tal potestad corresponde al Inspector del Trabajo en virtud de su competencia para conocer y tramitar los requerimientos relacionados con la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

Dispositiva

Declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de homologación de transacción judicial suscrita en el marco de la demanda por indemnización de accidente de trabajo, daño moral y lucro cesante interpuesta por la representación judicial del ciudadano TIODOBERTO JOSÉ BASTARDO, contra la sociedad mercantil GOACA TRANSPORTE Y SERVICIOS, C.A. En consecuencia, se CONFIRMA, la sentencia consultada dictada el 18 de septiembre de 2018.

Palabras clave

jurisdiccióntransacciónInspectoría del Trabajohomologaciónsalud y seguridadderechos laborales

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