La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la parte demandada, PDVSA PETRÓLEO, S.A., contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia que afirmó su jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano Alexander Claret Portillo Montiel. La Sala determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer el caso, dado que el demandante alegó estar amparado por la estabilidad laboral prevista en la Ley Orgánica del Trabajo y la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 3 de abril de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante la cual afirmó su jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano Alexander Claret Portillo Montiel, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., en los siguientes términos: "…como quiera que el ciudadano ALEXANDER CLARET PORTILLO MONTIEL afirma ser trabajador petrolero, es evidente que todo lo referente o concerniente a la relación que existe o existió con la sociedad mercantil PDVSA, PETRÓLEO S.A., se regirá por el procedimiento pautado en el texto procesal adjetivo reseñado anteriormente, lo que en modo alguna prejuzga sobre el fondo del asunto ni de otros extremos distintos de la mera jurisdicción. En consecuencia, al haber concurrido el ciudadano ALEXANDER CLARET PORTILLO MONTIEL ante la jurisdicción especial de trabajo, en razón de la naturaleza jurídica de la presente acción, LA JURISDICCIÓN atribuida para tramitar y sustanciar esta acción corresponde a este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA y no a la Administración Pública por intermedio de la Inspectoría del Trabajo ..."
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la apoderada judicial de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. 2. Que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, incoada por el ciudadano ALEXANDER CLARET PORTILLO MONTIEL, asistido de abogado, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. En consecuencia, se confirma la decisión de fecha 3 de abril de 2006, mediante la cual el Tribunal remitente afirmó su jurisdicción para conocer la demanda incoada. Se condena al pago de las costas de la presente incidencia a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., de acuerdo a las previsiones de los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil, aplicables conforme a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
Palabras clave
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