El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido interpuesta por Wilson Armando Ochoa Medina contra Bridgestone Firestone Venezolana, C.A. La decisión se basa en que el trabajador estaba presuntamente amparado por la inamovilidad laboral establecida en un decreto del Ejecutivo Nacional. La Sala confirma la sentencia del Tribunal Noveno de Primera Instancia que había declarado la falta de jurisdicción.
Extracto de la motiva
Por lo tanto, considera la Sala que el ciudadano WILSON ARMANDO OCHOA MEDINA, al momento de ser despedido se encontraba, presuntamente, amparado por la inamovilidad laboral establecida en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Inamovilidad Laboral Núm. 2.158 de fecha 28 de diciembre de 2015 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Núm. 6.207 Extraordinario, de la misma fecha, lo que conlleva a que la solicitud de autos deba ser conocida por la Inspectoría del Trabajo respectiva. En consecuencia, el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer el presente asunto y se confirma la sentencia sometida a consulta. Así se declara.
Dispositiva
El Poder Judicial NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano WILSON ARMANDO OCHOA MEDINA, contra la sociedad mercantil BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA, C.A. Se CONFIRMA la sentencia consultada de fecha 8 de agosto de 2017.