Sentencia N° 1832 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de noviembre de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01832, Exp. 2002-0889, 20/11/2003
Expediente2002-0889
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-11-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la solicitud de calificación de despido presentada por Renny Alfredo Pérez Jiménez contra la sociedad mercantil Orica de Venezuela C.A. La decisión se basa en que el demandante gozaba de inamovilidad laboral decretada por el Ejecutivo Nacional al momento de su despido, lo que implica que la calificación del despido debe ser realizada por la Inspectoría del Trabajo correspondiente. La Sala confirma la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo que había declarado su falta de jurisdicción.

Extracto de la motiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentada por el ciudadano RENNY ALFREDO PEREZ JIMENEZ, asistido por el abogado José Antonio Quintana López, ambos identificados, contra la sociedad mercantil ORICA DE VENEZUELA C.A.. En consecuencia se confirma la decisión consultada de fecha 3 de diciembre de 2001, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentada por el ciudadano RENNY ALFREDO PEREZ JIMENEZ, asistido por el abogado José Antonio Quintana López, ambos identificados, contra la sociedad mercantil ORICA DE VENEZUELA C.A.. En consecuencia se confirma la decisión consultada de fecha 3 de diciembre de 2001, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

despidoinamovilidad laboralcalificación de despidojurisdicciónInspectoría del Trabajosalarios caídosreenganche

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