La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados Roxana Orihuela Gonzatti y Fermín Toro Jiménez contra varios artículos del Reglamento del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Central de Venezuela. La Sala declaró procedente la medida de amparo cautelar solicitada, considerando que la aplicación de las normas impugnadas podría generar violaciones a los derechos constitucionales de los recurrentes, especialmente en lo que respecta al debido proceso y la estabilidad laboral.
Extracto de la motiva
La Sala observa que los accionantes solicitaron la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad de los artículos del Reglamento del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Central de Venezuela. Se argumentó que las disposiciones impugnadas atentan contra la carrera en el escalafón universitario y que la potestad discrecional de los Consejos de Facultad resulta arbitraria. Además, se alegó que las normas impugnadas violan principios de seguridad jurídica y debido proceso administrativo, afectando así los derechos de los docentes y aspirantes a cargos en la universidad.
Dispositiva
1.- ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto. 2.- PROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitada. 3.- ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de la continuación de la causa.
Palabras clave
nulidadamparo cautelarReglamento del Personal DocenteUniversidad Central de Venezuela