La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la representación de PDVSA Petróleo, S.A. contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio que afirmó su jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido presentada por Freddy Omar Moreno Villamizar. La Sala determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer y decidir sobre la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, confirmando la decisión del Juzgado de Primera Instancia.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada el 30 de marzo de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante la cual afirmó su jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano Freddy Omar Moreno Villamizar, contra la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A. Previamente, debe advertirse que el Juzgado antes mencionado y la apoderada judicial de la sociedad mercantil PDVSA, Petróleo, S.A., yerran al equiparar la jurisdicción a la competencia; no obstante se constató que el aludido fallo no emite pronunciamiento alguno sobre la competencia, sino sobre la jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública. Visto lo anterior y toda vez que la representante de la empresa demandada, mediante diligencia de fecha 12 de mayo de 2006, interpuso “RECURSO DE REGULACIÓN” frente a un fallo circunscrito a la afirmación del Juzgado a quo de su jurisdicción para conocer del juicio, considera esta Sala que en el presente caso lo que se ha ejercido es un recurso de regulación de jurisdicción contra la sentencia previamente mencionada, tal como se afirmó en el auto de fecha 13 de junio de 2006.
Dispositiva
1.- Que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano FREDDY OMAR MORENO VILLAMIZAR, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. 2.- IMPROCEDENTE el recurso de regulación de jurisdicción formulado por la representación judicial de PDVSA PETRÓLEO, S.A. En consecuencia, se confirma la decisión de fecha 30 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en cuanto a la jurisdicción. Se condena en costas a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., de conformidad con los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
jurisdicciondespidoreenganchesalarios caidostrabajadores petrolerosLey Organica del TrabajoLey Organica de Hidrocarburosconvencion colectiva