La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta planteada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, quien declaró su falta de jurisdicción respecto a la Administración Pública en un caso de calificación de despido. El demandante, Audie Enrique Vargas Quintero, alegó que su despido fue ilegal debido a su fuero sindical, solicitando reenganche y pago de salarios caídos.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala, pronunciarse acerca de la consulta planteada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en virtud de la sentencia que dictara en fecha 3 de febrero de 2005, mediante la cual declaró su falta de jurisdicción respecto a la Administración Pública. En el presente caso, la parte accionante señaló que en fecha 18 de septiembre de 1989, comenzó a prestar servicios para la empresa MARAVEN, S.A., hoy sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., siendo el último cargo ocupado el de 'Ingeniero de Proyectos Especiales de la gerencia (sic) de Perforación adscrita a la División de Oriente de Exploración, Producción y Mejoramiento', hasta el 30 de enero de 2003, fecha en la cual fue publicada la notificación de su despido, en el diario 'La Prensa'. Así mismo, indicó que el aludido despido se encontraba viciado de ilegalidad pues no había incurrido en ninguna de las causales previstas en el artículo 102 de la Ley Orgánica del Trabajo, por tal motivo solicitó la calificación de su despido, reenganche y en consecuencia el pago de los salarios caídos.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentada por el ciudadano AUDIE ENRIQUE VARGAS QUINTERO, ya identificado, asistido por el abogado Jean C. Maita H., también identificado, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A. En consecuencia se confirma la decisión consultada de fecha 3 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
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