Sentencia N° 1563 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de noviembre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01563, Exp. 2011-1131, 23/11/2011
Expediente2011-1131
PonenteTrina Omaira Zurita
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-11-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido interpuesta por Kala Julaima Pérez Jiménez contra Centro Médico Maracay, C.A. La decisión se basa en que la demandante se encontraba amparada por el fuero maternal al momento de su despido, lo que implica que la competencia corresponde a la Inspectoría del Trabajo. La Sala confirma la sentencia del Tribunal Segundo de Primera Instancia que declaró la falta de jurisdicción.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en la presente consulta, de conformidad con las disposiciones previstas en los artículos 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de 2010; 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; y 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual observa: El fallo consultado, dictado en fecha 30 de junio de 2011, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública, por considerar que el conocimiento del presente asunto corresponde a la Inspectoría del Trabajo respectiva, toda vez que la accionante se encontraba (presuntamente) amparada por la inamovilidad laboral derivada del fuero maternal. Al efecto, se observa que el artículo 187 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo consagra, entre otras facultades, la que tiene el trabajador despedido de poder acudir ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, si considera que el despido no está fundamentado en algunas de las causas justificadas previstas en la Ley para que el Juez de Juicio lo califique y, en caso de constatar que se produjo sin causa legal que lo hiciere procedente, ordene su reenganche y el pago de los salarios caídos. De igual forma, la referida Ley dispone en el artículo 29, numeral 2, la competencia de los Tribunales del Trabajo para conocer de las “solicitudes de calificación de despido o de reenganche, formuladas con base en la estabilidad laboral consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la legislación laboral”. Sin embargo, debe también precisarse que el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.024 Extraordinario de fecha 6 de mayo de 2011, establece situaciones en las cuales es exigida la calificación previa del despido por la Inspectoría del Trabajo respectiva, en virtud de la inamovilidad que podrían disfrutar los trabajadores en un momento determinado. En efecto, entre los trabajadores que necesitan de la calificación previa por el órgano administrativo para ser despedidos figuran: a) la mujer en estado de gravidez, b) los que gocen de fuero sindical, c) los que tengan suspendida su relación laboral, y d) los que estén discutiendo convenciones colectivas.

Dispositiva

Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCION para conocer la presente causa. SEGUNDO: SE ORDENA la remisión del presente expediente, a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de la consulta obligatoria, conforme a lo previsto en los artículo 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

jurisdicciónfuero maternaldespido injustificado

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