DecisiónSe ORDENA a la Rectora de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE informar a esta Sala, dentro del plazo de diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación, si se estimó en el presupuesto de esa casa de estudios para el ejercicio fiscal del año 2013, en la partida correspondiente, un crédito presupuestario por la cantidad de cuatro millones doscientos quince mil ciento ocho bolívares con sesenta y nueve céntimos (Bs. 4.215.108,69), equivalente al monto restante (51,31%) de la condenatoria establecida en la Sentencia N°1.286 del 23 de septiembre de 2009, conforme a lo ordenado en la Sentencia N° 987 del 20 de julio de 2011.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ordenó a la Rectora de la Universidad de Oriente informar sobre la inclusión en el presupuesto del año 2013 de un crédito para el pago de una condena. La sentencia se basa en la ejecución forzosa de una decisión anterior que había declarado parcialmente con lugar una demanda por cobro de bolívares. Se destaca la importancia de garantizar los derechos de los trabajadores y la necesidad de que la universidad cumpla con sus obligaciones financieras.
Extracto de la motiva
Conforme se indicó en la narrativa del presente fallo, esta Sala, mediante Sentencia N° 987 del 20 de julio de 2011, decretó la ejecución forzosa de la Sentencia N° 379 del 27 de marzo de 2008, de la cual forma parte integrante la experticia complementaria practicada por la Unidad de Análisis del Mercado Financiero del Banco Central de Venezuela, recibida el 20 de enero de 2009; y, en consecuencia, ordenó al Rector de la Universidad de Oriente, lo siguiente: 1. Verificar la existencia de fondos en el presupuesto del presente año 2011, para el pago de la suma de ocho millones doscientos quince mil ciento ocho bolívares con sesenta y nueve céntimos (Bs. 8.215.108,69), expresados conforme el valor actual de la moneda nacional. 2. En el supuesto de que no existan fondos suficientes en el Presupuesto del año en curso, a objeto del pago de la aludida sumatoria, estimar en cada uno de los ejercicios presupuestarios para los años 2012 y 2013, en la partida que corresponda, un crédito presupuestario por el monto de cuatro millones ciento siete mil quinientos cincuenta y cuatro bolívares con treinta y cuatro céntimos (Bs. 4.107.554,34), para cada uno de dichos ejercicios. Tal cantidad equivale al cincuenta por ciento (50%) de la condenatoria establecida en la presente causa, de manera que la sumatoria de ambas partidas deberá alcanzar el total adeudado de ocho millones doscientos quince mil ciento ocho bolívares con sesenta y nueve céntimos (Bs. 8.215.108,69). 3. Informar a esta Sala del resultado de lo aquí ordenado, dentro del plazo de diez (10) días de despacho siguientes a la oportunidad en que conste en autos la notificación que se le haga del presente fallo.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. Se ORDENA a la Rectora de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE informar a esta Sala, dentro del plazo de diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación, si se estimó en el presupuesto de esa casa de estudios para el ejercicio fiscal del año 2013, en la partida correspondiente, un crédito presupuestario por la cantidad de cuatro millones doscientos quince mil ciento ocho bolívares con sesenta y nueve céntimos (Bs. 4.215.108,69), equivalente al monto restante (51,31%) de la condenatoria establecida en la Sentencia N°1.286 del 23 de septiembre de 2009, conforme a lo ordenado en la Sentencia N° 987 del 20 de julio de 2011. 2. SIN EFECTO las solicitudes formuladas por la representación judicial de la CAJA DE AHORRO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (CAUDO), en fechas 10 de noviembre de 2011 y 28 de febrero de 2012. 3. IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada formulada por la parte actora el 3 de mayo de 2012. 4. IMPROCEDENTE la solicitud planteada por la demandante en fecha 25 de julio de 2012.
Palabras clave
ejecución forzosapresupuestoUniversidad de Oriente