Sentencia N° 1416 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de diciembre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01416, Exp. 01-0611, 04/12/2002
Expediente01-0611
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2002-12-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de jurisdicción solicitada por el ciudadano José Ángel González Guzmán, quien impugnó la decisión del Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de Carabobo, que declaró no tener jurisdicción para conocer del despido. La Sala determinó que la competencia corresponde a la Inspectoría del Trabajo, dado que el demandante alegó inamovilidad por enfermedad no profesional al momento del despido.
Extracto de la motiva
En virtud de todos los razonamientos expuestos, resulta forzoso para esta Sala, estimar que el conocimiento del presente caso, corresponde a la Administración Pública a través de la Inspectoría del Trabajo del Estado Carabobo. Así se decide.
Dispositiva
Que el conocimiento de la presente causa CORRESPONDE A LA INSPECTORIA DEL TRABAJO competente, en lo que respecta a la solicitud de estabilidad laboral incoada por el demandante, supra identificado. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión del Tribunal Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, dictada en fecha 17 de julio del año 2001, en los términos expuestos en la presente decisión. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado de origen y copia de la presente decisión a la Inspectoría del Trabajo competente. Cúmplase lo ordenado.