Sentencia N° 1403 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de agosto de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01403, Exp. 2007-0704, 07/08/2007
Expediente2007-0704
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2007-08-02
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción planteado por la sociedad mercantil Inversiones Aisven, C.A., en relación a una demanda por indemnización interpuesta por Edwin Garzón Clavijo, derivada de un accidente laboral. La Sala determinó que los tribunales venezolanos tienen jurisdicción para conocer de la demanda, dado que las empresas demandadas están domiciliadas en Venezuela y la relación laboral se ejecutó en parte en territorio venezolano.

Extracto de la motiva

En virtud de lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de regulación de jurisdicción formulada en fecha 19 de junio de 2007, por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Inversiones Aisven, C.A. 2.- Que el Poder Judicial SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la demanda que, por indemnización derivada de accidente de trabajo interpusiera el ciudadano EDWIN GARZÓN CLAVIJO, contra las sociedades mercantiles INVERSIONES AISVEN, C.A., TRANSPORTE T.I.V. DE VENEZUELA S.A. E.M.A, y los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, MARÍA LUCÍA RODRÍGUEZ DE GONZÁLEZ, MÓNICA LILIANA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, JUAN CARLOS GONZÁLEZ RODRÍGUEZ y JAIRO GONZÁLEZ PINZÓN.

Dispositiva

En virtud de lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de regulación de jurisdicción formulada en fecha 19 de junio de 2007, por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Inversiones Aisven, C.A. 2.- Que el Poder Judicial SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la demanda que, por indemnización derivada de accidente de trabajo interpusiera el ciudadano EDWIN GARZÓN CLAVIJO, contra las sociedades mercantiles INVERSIONES AISVEN, C.A., TRANSPORTE T.I.V. DE VENEZUELA S.A. E.M.A, y los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, MARÍA LUCÍA RODRÍGUEZ DE GONZÁLEZ, MÓNICA LILIANA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, JUAN CARLOS GONZÁLEZ RODRÍGUEZ y JAIRO GONZÁLEZ PINZÓN.

Palabras clave

jurisdiccionaccidente laboralindemnizaciongrupo de empresastrabajoderecho internacional privadosolidaridadley organica del trabajo

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