Sentencia N° 1383 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de abril de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 01383, Exp. 2005-1894, 06/04/2005
Expediente2005-1894
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-04-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por Javier José Boadas Lucart contra PDVSA Petróleo, S.A. La Sala determinó que corresponde a la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas conocer de la solicitud, dado que el demandante alegó estar amparado por fuero sindical. La decisión del juzgado remitente fue confirmada, estableciendo que el Poder Judicial no tiene jurisdicción en este tipo de casos laborales relacionados con la administración pública.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala, pronunciarse acerca de la consulta planteada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en virtud de la sentencia que dictara en fecha 16 de febrero de 2005, mediante la cual declaró su falta de jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos incoada por el ciudadano Javier José Boadas Lucart, señalando que la misma debe ser tramitada ante la Inspectoría del Trabajo respectiva, al advertir que dicho ciudadano acudió ante la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, alegando en esa sede administrativa que gozaba de la inamovilidad laboral por fuero sindical, en virtud de ser miembro del Sindicato Unión Nacional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, de los Hidrocarburos y sus derivados (UNAPETROL). En tal sentido, observa: ...

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos intentada por el ciudadano JAVIER JOSÉ BOADAS LUCART, asistido por el abogado Carlos Lunar Solé, previamente identificados, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. En consecuencia se confirma la decisión consultada de fecha 16 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.

Palabras clave

jurisdiccióncalificación de despidofuero sindicalreenganchesalarios caídosInspectoría del Trabajotrabajadoradministración pública

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca