La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió anular el acto administrativo que dio inicio a la relación de la causa, debido a la falta de notificación a PDVSA Petróleo y Gas, S.A., lo que vulneró su derecho a la defensa. Se ordenó la notificación de dicha empresa para que pudiera ejercer su derecho a ser oída en el proceso. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el debido proceso y la igualdad de las partes en el procedimiento administrativo.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la falta de notificación de la referida sociedad de comercio limita de manera manifiesta sus derechos, por cuanto se podría ver afectada por la sentencia definitiva que recaiga en el presente proceso, sin que previamente hubiera tenido la oportunidad de ser oída en el juicio y de alegar y justificar procesalmente sus derechos. De esta forma, la falta de emplazamiento la colocó en una situación de indefensión y desigualdad, lo cual constituye una clara violación a sus derechos a la defensa y al debido proceso, razón por la cual es menester proveer lo necesario para el restablecimiento de la situación jurídica que se ha infringido.
Dispositiva
1. ANULA el acto por el cual se dio inicio a la relación de la causa, el 28 de enero de 2009, así como también los actos procesales que se verificaron con posterioridad a éste. 2. ORDENA la notificación de la sociedad de comercio PDVSA PETRÓLEO Y GAS, S.A. 3. REPONE la causa al estado de que se inicie la relación de la causa, una vez que se realice la notificación de la referida empresa.