Sentencia N° 1321 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de julio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01321, Exp. 2002-1036, 26/07/2007
Expediente2002-1036
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2007-07-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Banco de Venezuela, S.A. contra siete actos administrativos del Presidente del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario. La Sala analizó las denuncias de incompetencia, violación del debido proceso y otros alegatos presentados por la parte actora, concluyendo que los actos administrativos impugnados eran firmes y válidos. Se destacó que el Banco no agotó correctamente la vía administrativa antes de acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Extracto de la motiva

La Sala, al analizar los antecedentes administrativos, concluyó que el Presidente del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario actuó dentro de su competencia al imponer las multas al Banco de Venezuela, S.A. Se desestimaron las alegaciones de incompetencia y violación del debido proceso, argumentando que el Banco no cumplió con los procedimientos establecidos para la impugnación de los actos administrativos. La Sala reafirmó que el recurso de reconsideración debía ser interpuesto ante el Presidente del INDECU antes de acudir a la vía jerárquica, lo que no ocurrió en este caso. Además, se constató que las denuncias presentadas por los clientes del Banco cumplían con los requisitos mínimos para dar inicio a los procedimientos administrativos sancionatorios.

Dispositiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados Gerardo Fernández, Carlos Ayala Corao, Claudia Nikken y María Teresa Zubillaga, actuando con el carácter de apoderados judiciales del BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, contra siete actos administrativos emanados del Presidente del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario, mediante los cuales fueron impuestas multas a la recurrente y, en consecuencia, FIRMES los actos administrativos impugnados.

Palabras clave

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