Sentencia N° 1316 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de octubre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01316, Exp. 2011-0989, 19/10/2011
Expediente2011-0989
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-10-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por Milton Amador Troconis Villarreal contra Bariven, S.A. La Sala determinó que la solicitud debía ser conocida por la Inspectoría del Trabajo, dado que el demandante alegó estar amparado por inamovilidad laboral por fuero sindical. La decisión del Tribunal Segundo Superior del Trabajo fue confirmada, estableciendo que el Poder Judicial no tiene jurisdicción en este tipo de casos, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Trabajo.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa pronunciarse acerca de la consulta del fallo dictado el 11 de agosto de 2011 por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, mediante el cual declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial respecto de la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.447 de fecha 16 de junio de 2010; el numeral 20 del artículo 26 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario del 29 de julio de 2010; y los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, la Sala observa: En el caso de autos, el referido Tribunal declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Milton Amador Troconis Villarreal, asistido por abogado, contra la sociedad mercantil Bariven, S.A., bajo el argumento que “aparentemente se está en presencia de una causa de inamovilidad, constituida por el hecho de la manifestación del trabajador que para el momento de la terminación de la relación laboral se encontraba amparado de fuero sindical…”, situación que corresponde conocer a la Administración Pública, a través de la Inspectoría del Trabajo, por tratarse de solicitudes en las que la parte accionante se encuentra amparada por la inamovilidad laboral establecida en el artículo 449 de la Ley Orgánica del Trabajo, vigente para la fecha (hoy artículo 440 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.024 Extraordinario, del 6 de mayo de 2011).

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud que por calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, incoara el ciudadano MILTON AMADOR TROCONIS VILLARREAL, contra la sociedad mercantil BARIVEN, S.A. En consecuencia, se confirma la decisión de fecha 11 de agosto de 2011, dictada por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Juzgado de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

jurisdiccióninamovilidad laboralfuero sindicalcalificación de despido

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca