Sentencia N° 1298 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de septiembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01298, Exp. 2009-0060, 23/09/2009
Expediente2009-0060
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-09-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia realizada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo, en relación a una demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales interpuesta por el abogado Guido BOLÍVAR CORREA contra PDVSA. La Sala aceptó la competencia declinada, argumentando que el procedimiento para el cobro de honorarios profesionales debe seguirse ante el tribunal donde se tramitaron las actuaciones judiciales que dieron origen a la reclamación.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala pronunciarse acerca de la declinatoria de competencia efectuada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, para conocer la demanda interpuesta por el abogado Guido BOLÍVAR CORREA contra PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A. (PDVSA), por cobro de honorarios profesionales. Se advierte que el aludido Juzgado fundamentó la declinatoria de competencia en que '…las causas que dieron origen a la demanda incoada, tal y como se señala en el contrato de servicios suscrito por las partes son ‘tres juicios que cursan por ante el Tribunal Supremo de Justicia’…', en los expedientes signados con los números 2004-0928, 2004-0435 y 2004-0154, nomenclatura de esta Sala. Al respecto se observa que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela no prevé competencia ni procedimiento expreso que deba seguirse para el cobro de los honorarios profesionales devengados por actuaciones ante este Alto Tribunal, no obstante, el artículo 22 de la Ley de Abogados contiene la regulación y el procedimiento judicial para el cobro de los honorarios de abogado causados por actividades extrajudiciales y judiciales.

Dispositiva

1. ACEPTA la competencia declinada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital para conocer de la demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales interpuesta por el abogado Guido BOLÍVAR CORREA contra la sociedad mercantil PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A. (PDVSA). 2. NULAS todas las actuaciones procesales realizadas por el mencionado Juzgado, inclusive el auto de admisión. 3. SE REPONE la causa al estado de admisión. En consecuencia, remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación a fin de que se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda.

Palabras clave

honorarios profesionalesdeclinatoria de competenciaPDVSA

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