Sentencia N° 1297 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de noviembre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01297, Exp. 2014-0709, 05/11/2015
Expediente2014-0709
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-11-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de la sentencia N° 2014-0192, donde se declaró parcialmente con lugar el recurso de nulidad interpuesto por la empresa Protinal Compañía Anónima. La Corte observó que el acto administrativo impugnado, dictado por el INDEPABIS, había infringido el principio de irretroactividad al aplicar una normativa posterior a los hechos ocurridos en 2005. Se determinó que la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario era la aplicable en este caso, y no la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, que fue la base del acto impugnado.

Extracto de la motiva

La norma antes transcrita establece uno de los principios generales del derecho que se impone al Estado la prohibición de juzgar y sancionar dos veces a una persona por los mismos hechos que fueron objeto de juicio, igualmente dicho principio rige también al derecho administrativo sancionador garantizando al administrado de no ser sancionado dos veces por la comisión de un mismo hecho. Ahora bien, siendo que dicho principio constituye el límite a la facultad del ius puniendi del Estado, el cual se manifiesta también en el Derecho Administrativo Sancionatorio evitando que los administrados sean sancionados dos o más veces por una misma conducta, toca a esta Corte analizar si, tal como lo señaló el Apoderado Judicial de la parte actora en la respectiva diligencia, su mandante ya fue condenado por ‘…hechos que ya fueron objeto de una orden judicial de indemnización’.

Dispositiva

1.- Que PROCEDE la consulta de la sentencia N° 2014-0192 dictada el 6 de febrero de 2014 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. 2.- CONFIRMA la referida decisión en los términos expuestos en este fallo. 3.- Se ORDENA remitir a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), copia certificada de la presente decisión a objeto de imponer a la empresa Protinal Compañía Anónima, la sanción correspondiente, conforme a los términos en ella establecidos.

Palabras clave

NulidadContencioso-AdministrativoIrretroactividadSanción

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca