Sentencia N° 1284 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de noviembre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01284, Exp. 2014-0624, 05/11/2015
Expediente2014-0624
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-11-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia N° 2013-2300 del 4 de noviembre de 2013, que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Administradora de Planes de Salud Clínicas Rescarven, C.A. contra una resolución del INDECU que le impuso una multa. La Corte determinó que el INDECU violó el derecho a la presunción de inocencia al no demostrar la culpabilidad de la empresa en la transgresión de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario. Se concluyó que la decisión administrativa no se ajustó a derecho, ya que no se valoraron adecuadamente las pruebas y el contrato entre las partes.

Extracto de la motiva

La Sala estima procedente la denuncia formulada por la empresa recurrente, referida a la violación al derecho a la presunción de inocencia e inversión de la carga de la prueba, la cual, como lo estimó la Corte, resulta suficiente para anular el acto administrativo impugnado, haciendo inoficioso analizar los demás vicios denunciados en el libelo. Con base en lo indicado, esta Sala encuentra ajustada a derecho, y confirma, la sentencia N° 2013-02300 del 4 de noviembre de 2013, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Así se declara.

Dispositiva

1.- Que PROCEDE la consulta elevada. 2.- Se CONFIRMA la sentencia N° 2013-2300 del 4 de noviembre de 2013, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil ADMINISTRADORA DE PLANES DE SALUD CLÍNICAS RESCARVEN, C.A. contra la Resolución sin número de fecha 24 de octubre de 2007, dictada por el INSTITUTO AUTÓNOMO PARA LA DEFENSA Y EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR Y DEL USUARIO (INDECU), hoy Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico y confirmó la decisión de fecha 17 de abril de 2006, en la que se sancionó a la sociedad mercantil recurrente con multa de Un Mil Unidades Tributarias (1000 U.T.), por hallarse incursa en la transgresión del artículo 92 de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario, aplicable ratione temporis.

Palabras clave

carga de la pruebaderechos del consumidorINDECUprocedimiento administrativodebido procesosanciones administrativas

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