Sentencia N° 1271 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de noviembre de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 01271, Exp. 2012-1404, 01/11/2012
Expediente2012-1404
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2012-11-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de jurisdicción planteada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de Carabobo, respecto a la solicitud de calificación de despido interpuesta por Yoly Josefina Díaz Flores contra la Fundación Nacional 'El Niño Simón'. La Sala determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer el caso, revocando la decisión anterior que había declarado la falta de jurisdicción.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala Político-Administrativa pronunciarse sobre la consulta del fallo dictado el 10 de agosto de 2012 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el que declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial respecto a la Administración Pública para conocer el caso de autos. A tal efecto, la Sala observa: En fecha 20 de enero de 2012 la ciudadana Yoly Josefina Díaz Flores, ya identificada, asistida por abogado, introdujo una solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos contra la Fundación Nacional 'El Niño Simón' (antes Fundación del Niño), en virtud de haber sido despedida -a su decir- injustificadamente, por encontrarse en reposo médico al momento de ocurrir el despido. Ahora bien, esta Sala estima oportuno hacer referencia al criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia N° 1171 de fecha 14 de julio de 2008, ratificado recientemente por la Sala Plena de este Alto Tribunal mediante fallo N° 56 publicado el 23 de octubre de 2012, relacionado con el régimen aplicable a los trabajadores y trabajadoras de las Fundaciones.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL SI TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por la ciudadana YOLY JOSEFINA DÍAZ FLOREZ contra la FUNDACIÓN NACIONAL “EL NIÑO SIMÓN” (antes Fundación del Niño). En consecuencia, se REVOCA la sentencia consultada dictada el 10 de agosto de 2012 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.

Palabras clave

jurisdiccióndespidoinamovilidad laboraltrabajoFundación Nacional 'El Niño Simón'

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