Sentencia N° 1256 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de agosto de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01256, Exp. 2007-1000, 13/08/2009
Expediente2007-1000
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-08-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la sociedad Smith Internacional de Venezuela, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró la perención de la instancia. La Sala determinó que la causa había estado paralizada por más de un año, lo que justificó la declaración de perención conforme a los artículos 265 del Código Orgánico Tributario y 267 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se declaró firme la sentencia apelada.

Extracto de la motiva

De acuerdo a lo precedentemente expuesto, observa la Sala que la controversia planteada en el caso concreto se contrae a decidir acerca del recurso de apelación interpuesto por el representante judicial de la sociedad mercantil Smith Internacional de Venezuela, C.A., contra la sentencia de fecha 1º de agosto de 2007, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, que declaró consumada de pleno derecho la perención y en consecuencia extinguida la instancia en el recurso contencioso tributario ejercido contra la Resolución Nº 210.100-286-418 de fecha 26 de mayo de 2004, emanada del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), ahora Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). A tal efecto, conforme al estudio de las actas procesales que cursan en el expediente judicial, esta Máxima Instancia aprecia que la causa ha estado paralizada desde el 6 de marzo de 2008, cuando los apoderados judiciales de Smith Internacional de Venezuela, C.A., solicitaron “…se acuerde la prórroga del lapso de evacuación de pruebas por un lapso de 15 días adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia…”. (Sic). En orden a lo anterior, debe esta Alzada realizar algunas consideraciones respecto a la institución de la perención de la instancia, la cual constituye un medio de terminación procesal que opera por la inactividad de las partes, es decir, por la no realización de actos de procedimiento destinados a mantener en curso el proceso, cuando esta omisión se prolonga por más de un (1) año. Dicho modo de terminación procesal no es más que una sanción, que tiene por objeto evitar que los procesos en que existe falta de instancia o interés de las partes se prolonguen indefinidamente.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la aportante SMITH INTERNACIONAL DE VENEZUELA, C.A., contra la sentencia de fecha 1º de agosto de 2007, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, la cual queda FIRME. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perencióninstanciarecurso contencioso tributario

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