La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por Anderson Daniel Rojas Lucena contra PDVSA Petróleo, S.A. La decisión se basa en que el trabajador alegó haber sido despedido mientras se encontraba en un periodo de suspensión médica, lo que implica que la calificación del despido corresponde a la Inspectoría del Trabajo y no a la jurisdicción ordinaria. La Sala confirma la decisión del tribunal remitente que declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial respecto a la Administración Pública.
Extracto de la motiva
motivado en Síndrome Convulsivo, por un lapso de 19 días, que corresponde al periodo del 07 de mayo de 2008 hasta el 25 de mayo de 2008, el cual fue reconocido por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil PDVSA PETROLEO, S.A., en el tracto de la audiencia de juicio celebrada por este Tribunal en fecha 07 de junio de 2010 (ver video minuto 4, segundo 24 hasta el minuto 5, segundo 18), por lo que se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y conforme a las reglas de la sana crítica consagradas en el artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, razones por las cuales se concluye que la relación de trabajo que unía a ambas partes, al ciudadano ANDERSON DANIEL ROJAS LUCENA con la firma de comercio PDVSA PETROLEO, S.A., se encontraba suspendida hasta tanto concluyera dicho lapso, sin que su validez esté
Dispositiva
Se declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, presentada por el ciudadano ANDERSON DANIEL ROJAS LUCENA, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. Se confirma la decisión consultada de fecha 14 de junio de 2010, mediante la cual el Tribunal remitente declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial respecto a la Administración Pública.