Sentencia N° 1241 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de octubre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01241, Exp. 02-0668, 09/10/2002
Expediente02-0668
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-10-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Juzgado de Primera Instancia en un caso de calificación de despido. La demandante, Josefina Auxiliadora Meza Rodríguez, alegó que su relación laboral con la Gobernación del Estado Amazonas era indeterminada y solicitó la calificación de su despido. Sin embargo, el tribunal de origen declaró su falta de jurisdicción, argumentando que la solicitud debía ser conocida por la Inspectoría del Trabajo, dado que la demandante gozaba de inamovilidad laboral en virtud de un decreto presidencial vigente en ese momento.
Extracto de la motiva
En la situación que corre en autos, la ciudadana JOSEFINA AUXILIADORA MEZA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-8.946.777, presenta su solicitud ante este Tribunal en fecha 28 de mayo de 2002, encontrándose vigente los efectos del decreto que consagra la inamovilidad laboral referida supra; razón por la cual, este Tribunal concluye que, la Inspectoría del Trabajo del Estado Amazonas es el órgano competente para conocer de la presente solicitud. (...) En el caso de autos, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, declaró su falta de jurisdicción para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, señalando que el caso de autos debe ser tramitado ante la Inspectoría del Trabajo, en virtud de que la demandante para el momento de presentar su solicitud gozaba de la inamovilidad prevista en el Decreto Presidencial N° 1.725 publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.585 de fecha 28 de abril de 2002.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que corresponde a la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO AMAZONAS conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, con reenganche y pago de salarios caídos, intentada por la ciudadana JOSEFINA AUXILIADORA MEZA RODRÍGUEZ contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO AMAZONAS. En consecuencia, se confirma la decisión consultada de fecha 05 de Junio de 2002, mediante la cual el tribunal remitente declaró su falta de jurisdicción respecto de la Administración Pública.
Palabras clave
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