Sentencia N° 1225 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de noviembre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01225, Exp. 2015-0815, 17/11/2016
Expediente2015-0815
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2016-11-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 01225, declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad DIPROLIMA, C.A. contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2014-000121, que confirmaba la Resolución de Imposición de Sanción N° 3950. La Sala determinó que las obligaciones tributarias estaban prescritas, ya que el lapso de prescripción de cuatro años había transcurrido sin que se interrumpiera por actuaciones del ente recaudador. Se anularon los actos administrativos impugnados y se confirmó la decisión del tribunal de instancia.

Extracto de la motiva

La Sala constata en el caso concreto la prescripción de las obligaciones tributarias discriminadas en la Resolución de Imposición de Sanción N° 3950 del 19 de febrero de 2008 y confirmadas mediante la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2014-000121 de fecha 1° de abril de 2014, se interrumpió con la interposición del recurso jerárquico el día 23 de abril de 2008 y desde esa fecha hasta el momento que la empresa Diprolima, C.A. fue notificada del auto que acordó la admisión del expresado medio recursivo en fecha 3 de octubre de 2013, transcurrieron cinco (5) años, seis (6) meses y veinte (20) días y por tanto un lapso superior al de la prescripción de cuatro (4) años previsto en el artículo 55 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable en razón del tiempo.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia N° 2100 del 20 de abril de 2015, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad de comercio DIPROLIMA, C.A. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia apelada. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la nombrada sociedad mercantil, contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2014-000121 de fecha 1° de abril de 2014, mediante la cual la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) confirmó la Resolución de Imposición de Sanción N° 3950 del 19 de febrero de 2008; actos administrativos que se ANULAN así como las Planillas de Liquidación Nros. 0025, 00143, 00185, 00269, 00325 y 00357.

Palabras clave

prescripciónobligaciones tributariasrecurso contencioso tributario

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