La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. El caso se originó a raíz de un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Servicios Halliburton de Venezuela, S.A. contra una multa impuesta por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas. La Sala determinó que la competencia para conocer del recurso corresponde a los Tribunales de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, en virtud de la naturaleza laboral de la relación jurídica involucrada.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el conocimiento de las pretensiones que se deduzcan con ocasión de los actos administrativos emanados de las Inspectorías del Trabajo, ha sido recientemente objeto de examen por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual en fecha 23 de septiembre de 2010, dictó sentencia Nº 955. De acuerdo con el criterio establecido por la Sala Constitucional, la competencia para conocer en primera instancia de los recursos contenciosos administrativos que se ejerzan contra las actuaciones dictadas por las Inspectorías del Trabajo con relación al derecho al trabajo y a la estabilidad, le corresponde a los Tribunales de Primera Instancia del Trabajo y en Alzada, a los Tribunales Superiores del Trabajo, en virtud del principio del Juez Natural. En consecuencia, la Sala Político-Administrativa concluye que corresponde a los Tribunales de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas conocer y decidir el presente recurso contencioso administrativo de nulidad.
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto negativo suscitado en este proceso. 2.- Que corresponde a los TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS la competencia para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A., contra la providencia administrativa Nº 00141-2010 de fecha 17 de junio de 2010, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS. En consecuencia, se ordena remitir el expediente a los Tribunales de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.