La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por SANITAS DE VENEZUELA S.A. contra la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar un recurso contencioso administrativo de nulidad. La Sala confirmó la decisión de la Corte, argumentando que la empresa no demostró la preexistencia de la enfermedad del denunciante, lo que justificaba la negativa de cobertura de la intervención quirúrgica solicitada. Se destacó la importancia de la carga probatoria y el derecho a la defensa en el procedimiento administrativo.
Extracto de la motiva
En virtud de las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil SANITAS VENEZUELA SA, contra la sentencia dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo Nro. 2009-01229 de fecha 13 de julio de 2009. En consecuencia, SE CONFIRMA la señalada decisión.
Dispositiva
En virtud de las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil SANITAS VENEZUELA SA, contra la sentencia dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo Nro. 2009-01229 de fecha 13 de julio de 2009. En consecuencia, SE CONFIRMA la señalada decisión.
Palabras clave
Contencioso AdministrativoApelaciónCarga ProbatoriaDerecho a la Defensa