La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda interpuesta por María Norelly Concepción contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A., por indemnización de daños materiales y morales. La demandante alegó que su despido y las acusaciones en su contra le causaron perjuicios, pero la Sala determinó que no hubo actuación antijurídica del banco que justificara la indemnización. Se concluyó que la denuncia penal que llevó a su detención fue impulsada por la propia demandante, lo que excluye la responsabilidad del banco.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la actuación del Banco Industrial de Venezuela, C.A. se ajustó a derecho, dado que la demandante fue quien formuló la denuncia ante las autoridades competentes. La Sala también establece que el daño moral alegado por la demandante no provino de una actuación imputable al banco, ya que la desincorporación de su cargo se debió a irregularidades en su gestión. Por lo tanto, se concluye que no se configura la responsabilidad patrimonial de la Administración en este caso.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por indemnización de daños y perjuicios materiales y morales interpuesta por el apoderado judicial de la ciudadana MARÍA NORELLY CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. SE CONDENA EN COSTAS a la parte actora.