La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por Alirio Rafael PÁEZ contra la sociedad AGRO CONSORCIO OROGRAIN C.A. El tribunal de origen había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la solicitud de ejecución de una providencia administrativa de reenganche y pago de salarios caídos. La Sala reafirmó que corresponde a la Inspectoría del Trabajo la ejecución de tales providencias, y que el Poder Judicial no tiene jurisdicción en este tipo de casos.
Extracto de la motiva
Antes de hacer pronunciamiento sobre el asunto, se advierte, tal y como lo hizo el Juzgado remitente, y como ha sido reiterado por esta Sala, que el recurso de apelación no es el mecanismo idóneo para impugnar los pronunciamientos judiciales concernientes a la jurisdicción, siendo que, conforme al Código de Procedimiento Civil, el único medio procesal para revisar una decisión relativa a la jurisdicción para conocer de una determinada causa es el recurso de regulación de jurisdicción (vid. Sentencias Nros. 575, 2723, 279 y 622; de fechas 04 de junio de 2013, 29 de noviembre de 2006, 14 de febrero de 2007 y 25 de abril de 2007, respectivamente). Determinado lo anterior, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca del recurso de regulación de jurisdicción ejercido contra la decisión del 24 de enero de 2013 dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante la cual declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la representación judicial del accionante. 2.- Que EL PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de ejecución de Providencia Administrativa interpuesta por el ciudadano Alirio Rafael PÁEZ, contra la sociedad mercantil AGRO CONSORCIO OROGRAIN C.A. En consecuencia, se CONFIRMA, en los términos expuestos, la sentencia dictada en fecha 24 de enero de 2013 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.