La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ordenó la notificación al Rector de la Universidad de los Andes sobre la sentencia Nro. 00593, que se refiere a la solicitud de avocamiento presentada por Raiza Madriz Anaya. Se destaca que ha transcurrido más de un año sin que se haya podido notificar al Rector, lo que llevó a la Sala a considerar pertinente realizar dicha notificación para continuar con el proceso. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso.
Extracto de la motiva
Finalmente, resulta menester para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología, y los servicios de información como elementos de interés público, destacando el deber del Poder Público -y concretamente de los órganos jurisdiccionales- de valerse de los avances tecnológicos para su optimización, procediendo en consecuencia a dictar la Resolución Nro. 2021-0011 de fecha 9 de junio de 2021, contentiva de las normas generales que regularán la suscripción y publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones electrónicas y la emisión de copias simples o certificadas por vía electrónica relacionadas con los procesos seguidos ante esta Sala Político-Administrativa. Precisado lo anterior, visto que los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 3 de la Resolución en comento, consagran la posibilidad de practicar las citaciones y notificaciones por correo electrónico o cualquier otro medio que utilice tecnologías de la información y la comunicación, este Máximo Tribunal con miras a procurar la mejora continua del servicio de administración de justicia, ordena efectuar un análisis de las actas que conforman el expediente de la causa, a los efectos de determinar si las partes cuentan o no con los medios telemáticos suficientes para hacer efectiva dicha actuación procesal y, de ser el caso, proceder a practicar las notificaciones a las que haya lugar por medios electrónicos; en el entendido de que la falta de indicación en autos de algunos de los elementos digitales previamente señalados, dará lugar a que se practique la notificación conforme a lo establecido en el artículo 5 de la aludida Resolución y en las leyes. Así se dispone.
Dispositiva
ORDENA notificar al RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (ULA) de la sentencia Nro. 00593 del 8 de agosto de 2024, a tales fines se acuerda comisionar al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida.
Palabras clave
avocamientonotificaciónuniversidadderecho a la defensa